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Exintegrante de ETA 'Kubati' y cinco cómplices recibirán dos años de prisión por 120 'ongi etorris', tras acuerdo con la Fiscalía.

Exintegrante de ETA 'Kubati' y cinco cómplices recibirán dos años de prisión por 120 'ongi etorris', tras acuerdo con la Fiscalía.

La reciente acción del Ministerio Público buscaba imponer penas superiores a cinco años de prisión para un grupo de seis individuos, entre ellos el exmiembro de ETA José Antonio López Ruiz, conocido como 'Kubati', debido a su implicación en delitos relacionados con la organización criminal y la humillación de víctimas del terrorismo.

En una notable decisión, la Audiencia Nacional ha sentenciado a 'Kubati' y a otros cinco acusados a dos años de cárcel por haber organizado 120 homenajes a presos de ETA, conocidos como 'ongi etorris', entre los años 2016 y 2020. Este fallo se produce tras un acuerdo alcanzado con la Fiscalía que permitió la reducción de las penas solicitadas inicialmente.

Aceptando su responsabilidad, 'Kubati' y los demás acusados lograron un pacto con el Ministerio Fiscal que incluyó el reconocimiento de los hechos durante el juicio, lo que les ha permitido evitar una condena más severa. La sentencia, dictada de forma inmediata, establece que los condenados cumplirán un año y medio de prisión por el delito de organización criminal, seis meses por humillación a las víctimas y una multa de 1.800 euros.

Este acuerdo conllevó la suspensión condicional de la pena de prisión a cambio de su reconocimiento de culpabilidad, así como de compromisos para reparar a las víctimas y evitar futuras ofensas. Los imputados se han obligado formalmente a no participar en homenajes o actos de reconocimiento a miembros de ETA, así como a no realizar publicaciones que promuevan la figura de los terroristas o que menoscaben a las víctimas.

Los otros cinco involucrados en el caso son Oihana Garmendia Marín, Haymar Altuna, Oihana San Vicente Saez de Cerain, Carlos Saez de Egilaz Murgiondo y Felipe San Epifanio San Pedro, quienes también se vieron obligados a aceptar estas condiciones estipuladas por la justicia.

En el marco de este proceso, el Ministerio Público había solicitado anteriormente penas significativas, demandando hasta tres años y medio por organización criminal y más de dos años por los delitos relacionados con la humillación a las víctimas. Esto refleja la preocupación institucional en torno a la reiteración de actos que glorifican el terrorismo y su impacto en quienes han sufrido su violencia.

El pasado marzo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó el cierre de la investigación, desestimando la prórroga solicitada para indagar más sobre la dinámica de organización de homenajes a través de plataformas como Sortu. Dicha práctica fue caracterizada por el fiscal Carlos Berro como un patrón sistemático que perpetuaba el dolor de las víctimas, especialmente en el contexto del País Vasco, creando un profundo sentimiento de desamparo y revictimización.

Berro argumentó que estos actos, llevados a cabo en varias ocasiones, no solo humillaban a las víctimas, sino que también afectaban negativamente su bienestar psicológico, complicando su recuperación. Resaltó que el reconocimiento y la unidad en la organización de estos homenajes eran evidentes, lo que implicaba una jefatura directa de figuras como 'Kubati'.

Además, el fiscal apuntó que la organización Kalera Kalera contaba con una estructura sólida de comunicación, con múltiples perfiles en redes sociales que potenciarían su mensaje y actividades, lo que complicaba aún más la situación para las víctimas. Al final, el Ministerio Público exigió el secuestro de materiales vinculados a estas actividades ilícitas y el cierre de sus plataformas de difusión.

En abril de 2024, el instructor propuso que los acusados fueran juzgados por un delito continuo de humillación a las víctimas del terrorismo, evidenciando un enfoque sistemático por parte de los miembros de la Comisión de Presos de Sortu en la promoción de estos actos que perpetúan el sufrimiento de quienes han padecido las consecuencias del terrorismo.