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Obligación de las comunidades de pagar daños estructurales en terrazas de uso privado, según dictamen del Tribunal Supremo.

Obligación de las comunidades de pagar daños estructurales en terrazas de uso privado, según dictamen del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia a favor de un vecino de Getxo (Vizcaya), en la que establece que las comunidades de propietarios deben asumir los costes de reparación de las terrazas de uso privado en casos de daños ocasionados por problemas estructurales del edificio. En este caso concreto, la comunidad de propietarios ha sido condenada a pagar los 11.209 euros que le costó al vecino reparar la cubierta del edificio debido a filtraciones, ya que se considera que el techo es un elemento común de la propiedad.

El tribunal ha llegado a esta conclusión tras analizar quién debe hacerse cargo de las reparaciones en casos de terrazas de uso privado que también son elementos comunes debido a su carácter estructural. Según la sentencia, la respuesta varía según el motivo del problema. Si se trata de reparaciones de mantenimiento propias de la terraza, corresponde al propietario, pero si el defecto es estructural y afecta a la configuración de la terraza como elemento de la construcción, la reparación debe correr a cargo de los fondos comunes.

El Tribunal Supremo argumenta que las terrazas son elementos comunes por destino, por lo que se les puede atribuir el uso privativo a uno de los propietarios. Sin embargo, no es posible otorgar la propiedad exclusiva de las cubiertas de los edificios, ya que estas no pueden perder su naturaleza de elemento común debido a su función en el ámbito de la propiedad horizontal, a pesar de que una determinada terraza en la última planta del edificio sea de uso privativo.

En el caso examinado, el propietario de una vivienda solicitó a la comunidad que reparara su terraza, que se encontraba deteriorada debido al mal estado de los materiales de construcción, lo que causaba daños continuos en la vivienda por filtraciones de agua. La comunidad se negó a atender la petición, alegando que los gastos de conservación y reparación eran responsabilidad de los propietarios de las viviendas con terraza, incluyendo la prevención de filtraciones de agua hacia pisos inferiores.

El propietario afectado realizó la reparación por su cuenta y posteriormente recurrió a los tribunales. Tanto la sentencia de primera instancia como la Audiencia de Vizcaya desestimaron su demanda, pero finalmente el Tribunal Supremo ha estimado su recurso y ha condenado a la comunidad de propietarios a pagar por los daños y la reparación de la terraza-cubierta. Los magistrados señalan que si las filtraciones se deben al mal estado de la estructura o de la impermeabilización, corresponde a la comunidad asumir los costes de reparación y los daños causados.

En resumen, esta sentencia del Tribunal Supremo establece que las comunidades de propietarios deben asumir los gastos de reparación de terrazas de uso privado cuando los daños sean ocasionados por problemas estructurales del edificio. Esto significa que el propietario afectado no deberá hacer frente a los costes de reparación cuando la filtración se deba al mal estado de la estructura o de la impermeabilización.